Diputados aprueban cambiar nombre de Secretaría de la Reforma Agraria por la de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano

El Pleno cameral aprobó, con 420 votos, cambios al artículo 51 de la Ley General de Desarrollo Social para sustituir la denominación de “Secretaría de la Reforma Agraria” por la de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a fin de armonizar dicha norma.

El dictamen, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, refiere que derivado de la restructuración de los órganos de la administración pública federal, se modificó la denominación de la extinta Secretaría de Reforma Agraria y se creó la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, por lo que se requiere actualizar dicho ordenamiento.

Menciona que la Constitución Política establece que la Sedatu será la dependencia que continuará la atención de los asuntos pendientes de la materia agraria.

El documento destaca que la precisión de la norma es necesaria para la correcta aplicación del ordenamiento legal de que se trata, ya que la imperfección de la ley pudiese constituir que no se pudiese aplicar, que las entidades involucradas no se sujeten a ella o que simplemente su cumplimiento se vea menoscabado por la misma imprecisión.

Subraya que las leyes deben ser precisas, evitando equivocas interpretaciones de su contenido integral, generando certeza jurídica a los gobernados.