Fuera de plazo solicitud de AMLO: TEPJF

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este miércoles no reconocer a Andrés Manuel López Obrador como coadyuvante del Movimiento Progresista para intervenir en el juicio de inconformidad promovido por esa coalición de izquierda y en el que exige la anulación de la elección presidencial.

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), señaló que resolvió en sesión pública 57 recursos de reconsideración.

El Tribunal explicó que el plazo legal en el cual López Obrador, quien fue candidato presidencial del Movimiento Progresista, debió formalizar su petición para ser reconocido con ese carácter abarcó del 9 al 12 de julio.

Sin embargo, el candidato presentó su escrito el 8 de agosto, por lo que perdió la oportunidad de intervenir en el proceso bajo la figura legal de coadyuvante, prevista en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

El magistrado Pedro Esteban Penagos subrayó que la resolución no significa que se deje a López Obrador en estado de indefensión ya que a la coalición que lo postuló le "corresponde tutelar los derechos del candidato, de comparecer en el juicio y, en su caso, ofrecer las pruebas que considere relevantes".

El Tribunal Electoral también resolvió  recursos de reconsideración sobre la elección de legisladores, con lo que dio por concluida esa etapa de la calificación de los comicios nacionales del pasado 1 de julio.

"Hemos refrendado el compromiso que asumimos ante los mexicanos; protegimos la decisión que tomaron al respecto el pasado 1 de julio, bajo la emisión de un voto universal, libre, secreto y directo", dijo el presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Alejandro Luna.

En un comunicado, el TEPJF señaló que resolvió en sesión pública 57 recursos de reconsideración a través de los cuales los partidos políticos y coaliciones objetaron las resoluciones que en su momento emitieron las cinco Salas Regionales que integran el Tribunal.

Luna destacó la relevancia de los recursos de reconsideración resueltos, pues indicó que están íntimamente ligados con la conformación de las cámaras del Congreso nacional.

Añadió que ahora el Instituto Federal Electoral (IFE) queda en posibilidad de asignar los escaños de representación proporcional de diputados y senadores, lo cual deberá realizarse a más tardar el próximo 23 de agosto.

Con las resoluciones de ayer, el TEPJF dio un paso más en el proceso de calificación de las elecciones del 1 de julio.

El 1 de julio más de 50 millones de mexicanos participaron en las elecciones presidenciales en las que Enrique Peña Nieto, postulado por una alianza encabezada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), obtuvo el 38.21 por ciento de los votos, seguido por López Obrador, con 31.59 por ciento, de acuerdo con los resultados oficiales.

Se espera que el TEPJF anuncie a más tardar el 6 de septiembre su decisión sobre la validez de las elecciones.