En la Gaceta Parlamentaria se publicó la iniciativa que modifica los artículos 8 y 112 de esta norma. Los exámenes de control de confianza para el ingreso, permanencia y promoción a la carrera judicial se integrarán por las siguientes pruebas: patrimonial y de entorno social, médico, psicométrico y psicológico, y poligráfico y toxicológico.
Se argumenta que no se pretende atacar ni poner en duda la dignidad de los jueces o de quienes toman decisiones en el seno del Poder Judicial, o de quienes aspiran ingresar a éste, al contrario, se busca garantizar que los servidores públicos que lo erigen cumplan con las exigencias del puesto.
Expone que no entiende por qué los jueces no tengan que someterse a evaluaciones, pues son servidores públicos al igual que los policías y ministerios públicos, y deben ser supervisados.
Por lo cual, dijo, es fundamental erradicar cualquier espacio que pueda dar paso a actos de corrupción en el interior de la judicatura, pues además de erosionar el Estado de derecho, también lastima la garantía ciudadana a tener una justicia eficaz e imparcial.