El Estado debe proporcionar asistencia médica necesaria a reclusos: CNDH

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió el Pronunciamiento sobre el Derecho a la Protección de la Salud de las Personas Internas en Centros Penitenciarios de la República Mexicana, el cual contó con la aprobación de su Consejo Consultivo y se hizo de conocimiento a las dependencias federales y locales competentes, a fin de elaborar políticas públicas tendentes a garantizar el respeto de este derecho en dichos centros.

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El derecho a la protección de la salud, para quienes se encuentran privados de la libertad, es reconocido en el artículo 4º Constitucional; así como en diferentes normas nacionales e internacionales.

Lo anterior resulta relevante dado que, al privar de la libertad a una persona, el Estado detenta una sujeción especial hacia ella, encontrándose bajo su custodia y, en este sentido, debe proporcionar la asistencia médica necesaria que le permita una vida digna en reclusión.

Cabe destacar que este Organismo Nacional ha plasmado en diversos documentos el estado que guarda este derecho a la protección de la salud de la población en internamiento, al ser una de las principales quejas que se reciben en la actualidad. De enero a diciembre de 2015 ingresaron mil 151 quejas, específicamente en relación con la negativa o dilación de atención médica o de proporcionar medicamentos en centros de reclusión, lo que equivale al 76 por ciento del total de las quejas recibidas en torno del sistema penitenciario.

Para la elaboración de este Pronunciamiento se tomaron en cuenta documentos previamente emitidos por la CNDH, entre los que destacan Recomendaciones Generales y Específicas, así como Informes Especiales, el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria de 2014 y las quejas recibidas durante ese año, que sustentan la necesidad de atender el tema en específico, ya que en la actualidad aproximadamente 250,000 personas internas en centros de reclusión requieren de una atención médica adecuada.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos en este Pronunciamiento destaca ocho puntos, entre ellos, el fortalecimiento del sistema de prevención de enfermedades, garantizando un esquema de vacunación para todas las personas internas, así como de los menores hijos que se encuentran con las mujeres privadas de la libertad.

También, el diseñar protocolos orientados a agilizar la prestación de los servicios médicos; establecer mecanismos para los casos de necesidad de atención médica inmediata y urgente; fortalecer la aplicación de sistemas permanentes de vigilancia epidemiológica y de información continua en materia sanitaria, para contar con un registro que proporcione a las autoridades la información necesaria para la toma de decisiones oportunas; así como desarrollar mecanismos con hospitales públicos y privados para que se utilice el sistema de “consulta remota”, por medio de la aplicación de tecnologías cuando sea requerida atención médica especializada.