Los requisitos que deben cumplir los ciudadanos que ejerzan su derecho de participar como observadores electorales son: ser ciudadano mexicano, no ser, ni haber pertenecido a alguna dirigencia nacional, estatal o municipal de algún partido político; no ser, ni haber sido candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.
Así también, deberán presentar personal o a través de una organización una solicitud de registro al INE para participar como observadores electorales y asistir a cursos de capacitación, preparación o información que impartan las autoridades electorales locales o nacional, según sea el caso.
Los mexicanos que participen y obtengan su acreditación como observadores electorales podrán presentarse el próximo 7 de junio, día de la Jornada Electoral, en una o varias casillas, así como en la sede de los Consejos distritales correspondientes para observar los siguientes actos: instalación de la casilla, desarrollo de la votación, escrutinio y cómputo, fijación de resultados de la votación, clausura de la casilla, lectura en voz alta de los resultados en el Consejo Distrital y recepción de escritos de incidencias y protestas.
Los observadores electorales deberán entregar al Instituto Electoral un informe de actividades y en ningún caso, éstos tendrán efectos jurídicos sobre el proceso electoral y sus resultados. Así también, las organizaciones a las que pertenezcan, a más tardar 30 días después de la jornada electoral, deberán declarar a las autoridades electorales el origen, monto y aplicación del financiamiento mediante un reporte.
El Instituto Nacional Electoral tiene registrados, hasta el 16 de abril, seis mil 726 solicitudes de registro de ciudadanos y ciudadanas interesados en participar como observadores electorales, de los cuales tres mil 624 han obtenido su registro y 1,205 esperan la aprobación por parte de los Consejos locales y distritales.