Proponen hasta 25 años de prisión por trata de personas en Yucatán

Los diputados locales del PRI y del PVEM propusieron reformas al Código Penal de Yucatán para que se eleve el castigo a quienes cometan el delito de trata de personas, señaló el coordinador parlamentario priista, Mauricio Sahuí Rivero.

En un comunicado, el legislador detalló que se pidió que la sanción actual de cinco a 12 años de prisión y de 100 a 500 días-multa aumente a de ocho a veinticinco años y de 200 a 500 días.

Asimismo, en la propuesta conjunta de las fracciones de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM) se planteó que se fije la definición precisa del lenocinio y la trata de personas.

Indicó que se trata de dar certeza jurídica a las medidas encaminadas a consolidar la seguridad, dignidad y vida libre de violencia a las mujeres de la entidad.

En cuanto al Código Civil del estado, se piden modificaciones que permitan a la concubina o concubinario contar con derecho a heredar en los mismos términos en los que lo haría el o la cónyuge.

En el caso de la violencia familiar, dijo, se plantea que el indiciado abandone el domicilio cuando lo comparta con la víctima y la prohibición para retornar al mismo, así como acercarse a ella o a los lugares frecuentados por la misma.

De igual manera, el tratamiento reeducativo integral, especializado y multidisciplinario, orientado a procurar la reinserción social del delincuente.

La norma vigente establece que se le impondrá prisión de 10 a 40 años a quien prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimiento de esa relación.

Se propone incrementar el castigo y por ese delito se establezca una condena de treinta a cuarenta años de prisión.

El líder de la fracción ecologista, Carlos David Ramírez y Sánchez, dijo que uno más de los planteamientos es sancionar penalmente a quien provoque la esterilidad de una persona contra su voluntad.

Por ese motivo, explicó, a quien sin el consentimiento de una persona mayor de 18 años practique en ella cualquier procedimiento que provoque esterilidad, se le impondrán de seis a ocho años de prisión y de 65 a 300 días de multa.

En el renglón de las reformas al Código Civil del estado, lo que se propone es adecuar de cinco a dos años el tiempo que debe transcurrir para que la concubina o concubinario tengan derecho a heredar en los mismos términos en los que heredaría el o la cónyuge.

Con esa modificación, la persona con quien el autor o autora de la herencia vivió como si fuera su cónyuge los dos años precedentes a su muerte o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieren permanecido libres de matrimonio, tiene derecho a heredar en los mismos términos en que lo haría el o la cónyuge, dijo.