Reflexiones

Por Christian Gutiérrez

Nueva justicia en México

En el marco del nuevo sistema de justicia penal acusatorio, en Michoacán camina muy lento el tema de los Medios Alternativos de Solución de Conflictos (M.A.S.C.), por ejemplo, la Mediación y la Conciliación no están siendo valorados en su justa dimensión por diversos actores, pues el discurso no trasciende más allá de considerarlos como “ayuda” para disminuir la carga de trabajo en los tribunales.

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Imagen de la 35ª sesión ordinaria con la presencia del gobernador de Michoacán, José Jesús Reyna García, y la titular de la implementación del sistema penal acusatorio a nivel federal.

Reflexiones

Christian Gutiérrez es politólogo, y colabora como columnista y analista político con distintos medios de comunicación. Es Licenciado en Derecho, Maestro en Ciencia Política y candidato a Doctor en…

Parece que se olvidan de algo muy importante: su eficacia para generar cultura de Paz.

Las bondades de la mediación y la conciliación son amplias y se necesitan en un país como México, que hoy sufre de altos índices de violencia, corrupción e impunidad. Desde luego uno de los beneficios más tangibles –que no el único- de estas figuras, es la posibilidad de optimizar recursos materiales, humanos y financieros en los tribunales del Poder Judicial.

En Michoacán, por ejemplo, autoridades del Poder Judicial aseguraron que “de 15 mil causas judiciales, se podrían resolver hasta el 35 por ciento a través de la Mediación”, por ello la insistencia en este tipo de figuras que son altamente eficaces para generar justicia.

La Mediación, en palabras de Andrea Liese, es un “término técnico para las formas de manejo pacífico de conflictos, en las cuales un tercero intenta atenuar un conflicto interponiéndose”, aunque también es definida como “un proceso de decisión estructurado y orientado hacia una regulación del conflicto de acuerdo y responsabilidad comunes”. (Nohlen, Dieter. 2006).

Para Romero Gálvez, se da una Mediación cuando las partes se declaran incompetentes para solucionar su conflicto. Es decir, cuando la comunicación falló, entonces las partes deciden recurrir a un tercero neutral para estar presente en sus reuniones y poder reiniciar el diálogo.

Por su parte, la Conciliación, en palabras de Bernhard Thibaut, resulta ser el “procedimiento para regular o suavizar conflictos a través de personas o instituciones mediadoras que no están involucradas ellas mismas en la disputa correspondiente”. (Nohlen, Dieter. 2006). Desde luego, la conciliación es un acuerdo de voluntades.

El diccionario la define citando su raíz latina conciliare, que significa llamar o reunir, convencer. Conciliar significa componer y ajustar los ánimos de los que estaban opuestos entre sí, concertar dos o más proposiciones o doctrinas al parecer contrarias.

Y algo muy importante: la conciliación no sólo resuelve disputas, también fortalece relaciones sociales y puede mejorar la calidad de vida de una comunidad, desde el momento en que genera justicia en contextos sociales de conflicto.

En suma, la mediación y la conciliación son mecanismos en los cuales las partes del conflicto tienen el poder de resolver directamente su discordia, algunas veces ayudados por un tercero, pero sin que éste pueda decidir por una alternativa de solución determinada.

Hay que decir que el caos existe de manera natural, y en ocasiones es benéfico en los sistemas, pero es indudable que debe limitarse o encausarse, y la medicación y la conciliación sirven para lograr este objetivo.