Propone senadora crear el delito de robo de ayuda humanitaria en el código penal

A fin de evitar que algunos delincuentes aprovechen situaciones de crisis para apoderarse de la ayuda que se destina a los damnificados de cualquier desastre, como las que vivimos con los temblores de septiembre, la senadora del PRI Verónica Martínez Espinoza propuso que se configure el delito de robo de ayuda humanitaria.

“México continuamente está en postura de sufrir sucesos de fuerza mayor y caso fortuito que, vulneran a una colectividad que, a primera mano, tiene necesidades elementales que solucionar y hay quienes, abusando de la crisis y necesidad, aventajan y lastiman el orden y la buena fe de los demás, aquellos que, a través de la violencia o el engaño, desapoderan a otros de las cosas destinadas para fungir como ayuda humanitaria”, indicó.

Martínez Espinoza reconoció que en nuestra legislación no existe un tipo penal que prevea, persiga, procese y condene estas conductas a las que calificó de deplorables y que no pueden quedar en una mera amonestación verbal o moral, sino deben ser condenadas legal y jurídicamente.

“Al no estar establecido como tal en la legislación, se vulnera el derecho de los afectados por una catástrofe, al hacer uso de enseres destinados para su sobrevivencia”, puntualizó.

La legisladora por el estado de Jalisco explicó que de aprobarse su propuesta de modificación al Código Penal Federal se sancionará con pena de cinco a doce años de prisión y, hasta mil doscientos días multa, al que se apodere de bienes destinados para la ayuda humanitaria, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley.

“Al que forme parte de una asociación, banda o pandilla y cometa el delito antes citado, se sancionará, además de la pena que corresponde por ese delito, de siete a trece años de prisión y, hasta mil quinientos días multa. Y al que, sin haber participado en la comisión del delito, pero a sabiendas de que se trata de bienes destinados para la ayuda humanitaria, los enajene o trafique, de cualquier manera; se sancionará con pena de tres a seis años de prisión y, hasta quinientos días multa”, abundó.