Indicaron que se reconoce el derecho a la libre movilidad de las personas y el derecho de toda persona a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado, tal como lo establecen los diversos instrumentos internacionales de los que el país es Parte y las leyes nacionales en la materia.
Las autoridades mexicanas tomarán en cuenta tres puntos con base a la legislación vigente para el paso de migrantes de Centroamérica por el territorio mexicano.
Primero. Toda persona que desee ingresar a territorio nacional y cuente con los documentos de viaje y una visa concedida por el Gobierno de México, por medio de la red consular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, podrá ingresar al país y moverse con plena libertad en el mismo por el tiempo de vigencia de la visa.
Segundo. Toda persona que ingrese a territorio nacional y desee solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado o ser beneficiario de medidas de protección complementaria, deberá hacerlo individualmente, de conformidad con la legislación vigente.
Tercero. En cumplimiento de la legislación nacional vigente, toda persona que ingrese al país de manera irregular, será rescatada y sujeta a procedimiento administrativo y, en su caso, será retornada a su país de origen, de manera segura y ordenada. Esta medida responde no sólo al cumplimiento de la legislación nacional, sino particularmente al interés del Gobierno de México de evitar que tales personas sean víctimas de las redes de trata y tráfico de personas, mismas que ponen en grave riesgo su seguridad e integridad personales.