Concluye SCJN análisis de acotaciones al fuero militar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó la etapa en la que el pleno de ministros revisó asuntos relacionados con el acotamiento del fuero militar y estableció los criterios para resolver casos vinculados con elementos de las fuerzas armadas.

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Al término de la sesión pública, el presidente de la SCJN, Juan Silva Meza, informó que los amparos pendientes se turnarán a la Primera Sala, en la que se resolverán con base en los criterios establecidos durante el análisis, la discusión y la resolución de los casos que conoció el pleno de ministros.

La discusión para acotar el fuero militar inició en la Suprema Corte desde el pasado 6 de agosto y concluyó este jueves, lapso en el que se resolvieron dos conflictos competenciales y 11 amparos.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional, conocerá, analizará y resolverá los 17 amparos restantes, pero deberá hacerlo con base a los criterios establecidos en los casos resueltos.

Entre las resoluciones que adoptó la SCJN resalta la del conflicto competencial 38/2012, en la que determinó que un juzgado civil ordinario deberá conocer el caso de un militar que encubrió la tortura y muerte de un civil en instalaciones militares.

También se resolvió que el asesinato de un militar contra dos integrantes de las fuerzas armadas por un asunto pasional no era del fuero militar, sino que tenía que ser conocido por un juzgado ordinario.

El caso de un militar que alteró la escena del crimen de Jorge Otilio Cantú y cometió el delito contra la administración y procuración de justicia, también debería ser conocido por un juzgado ordinario civil y no un militar.

Además, determinó que deberá ser un juez ordinario federal el que conozca el caso de 22 militares acusados de violencia contra civiles, homicidio calificado y tortura, además de violación a las leyes de inhumación, en su modalidad de destrucción de cadáver, entre otros.

En el último caso, discutido este jueves, la SCJN determinó que el caso de un sargento segundo que provocó la muerte de tres personas en un accidente de tránsito también deberá ser conocido por un juez ordinario federal, por lo que se ordenó la reposición del proceso a pesar de que ya existía sentencia.