Actualmente, el ombudsman presenta dicho informe ante el Pleno de la Comisión Permanente, “lo que incumple lo establecido en la Constitución”, afirmó la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos en el Senado.
La Constitución precisa que el informe anual se debe presentar ante las Cámaras del Congreso porque cada una tiene atribuciones diferentes y, posteriormente, debatir al respecto para ejercer así la facultad de control que el Legislativo debe ejercer sobre la CNDH, argumentó la legisladora.
“Esta obligación se encuentra regulada en el artículo 52 de la Ley de la Comisión, estableciendo que en el mes de enero de cada año su presidente deberá presentar su informe, por ello es aquí donde planteamos la modificación”, explicó.
La senadora De la Peña Gómez puntualizó que si bien la CNDH se ha constituido como un organismo autónomo, a fin de procurar suficiente fortaleza para poder emitir sus reconocimientos sin presiones políticas indebidas, no implica que la Comisión no deba tener controles, ser vigilada en su actuación o rendir cuentas.