La Corte Suprema argentina falla a favor de Google y Yahoo

La Corte Suprema de Justicia argentina falló hoy a favor de los buscadores Google y Yahoo en una demanda que había iniciado una modelo que los había denunciado por el uso comercial y no autorizado de su imagen y su vinculación a páginas de contenido erótico y pornográfico.

El máximo tribunal rechazó, en fallo dividido, "en todas sus partes" la demanda y decidió que los buscadores de internet se hallan protegidos por la libertad de expresión e información.

Ponderó en ese sentido la "indudable" importancia de los motores de búsqueda, que son consultados por "miles de millones de internautas".

"Responsabilizar a los buscadores por contenidos que no han creado, equivaldría a sancionar a la biblioteca que, a través de sus ficheros y catálogos, ha permitido la localización de un libro de contenido dañino, so pretexto que habría 'facilitado' el daño", señalaron los jueces de la Corte Suprema.

"Más allá de que la sanción sería injusta, es muy probable que -de seguirse ese criterio 'objetivo' de responsabilidad- terminarán cerrándose muchas bibliotecas, con gran perjuicio de los lectores", afirmaron.

Los magistrados remarcaron que "otro tanto sucedería, sin duda, con los 'buscadores' en Internet, de aplicarse igual criterio". "Si a la vera de un camino se desarrolla una actividad ilícita -que, por hipótesis, debe ser condenada- no por eso puede sancionarse al responsable de la ruta que permite acceder al lugar, con el peregrino argumento de que hizo más fácil la llegada a aquél", remarcaron.

La demanda había sido presentada contra Google y luego se amplió a Yahoo!.

La resolución fue firmada por los jueces Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Raúl Zaffaroni, más la disidencia parcial de Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.

En primera instancia, la demandante obtuvo un fallo a favor contra Google y Yahoo!, pero luego en la Cámara Civil redujeron la indemnización, en tanto que se rechazó la parte del reclamo relacionada con la supresión de las vinculaciones. (DPA)