Tribunal Europeo invalida la directiva de conservación de datos

La polémica directiva de la Unión Europea (UE) sobre la conservación de datos de los ciudadanos fue declarada hoy inválida en una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo en Luxemburgo.

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La corte consideró que la ley "constituye una injerencia de gran magnitud y especial gravedad en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos de carácter personal, sin que esta injerencia se limite a lo estrictamente necesario".

La directiva busca armonizar las disposiciones de los Estados miembros sobre la conservación de determinados datos telefónicos y de Internet. El objetivo declarado era que esos datos estuviesen disponibles con fines de prevención, investigación, detección y enjuiciamiento de delitos graves, como la delincuencia organizada y el terrorismo.

A tal efecto, la norma establece que los proveedores tienen que conservar los datos de tráfico y de localización, así como aquellos necesarios para identificar al abonado o al usuario. En cambio, no autoriza la conservación del contenido de la comunicación ni de la información consultada.

El fallo del tribunal se tomó a pedido del Tribunal Superior de Irlanda y el Constitucional de Austria, que pidieron que se examinara la validez de la directiva en base a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

El Tribunal de Luxemburgo señala en su fallo que la directiva de 2006 no reduce el almacenamiento de datos al mínimo indispensable, porque el plazo de seis meses a dos años que establece para su conservación no se fija en base a criterios objetivos.

Además, que aunque no se guarde el contenido, los datos permiten inferir cuestiones privadas fundamentales como el lugar donde se encuentran los ciudadanos, sus viajes o relaciones sociales, y además sin que el afectado lo sepa, lo que "puede generar en las personas afectadas el sentimiento de que su vida privada es objeto de una vigilancia constante".

Aunque la corte estima que los objetivos perseguidos por la directiva están justificados y son muy importantes, considera que "la injerencia amplia y especialmente grave" en los derechos fundamentales no está suficientemente regulada.

Como argumento cita el hecho de que la directiva abarca de manera generalizada a todas las personas, medios de comunicación electrónica y datos relativos al tráfico "sin que se establezca ninguna diferenciación, limitación o excepción en función del objetivo de lucha contra los delitos graves".

"El Tribunal de Justicia considera asimismo que la directiva no contiene garantías suficientes que permitan asegurar una protección eficaz de los datos contra los riesgos de abuso y contra cualquier acceso y utilización ilícitos de los datos", entre otras cuestiones porque la ley no obliga a que estos datos se conserven dentro del territorio de la UE.

La corte deja sin efecto así por completo la directiva, pero no el principio de la conservación de datos como medida preventiva, altamente polémico en la UE. En el texto señala que el objetivo que se persigue es adecuado, no así la proporcionalidad de la intervención sobre la vida privada. (DPA)