Imponer cárcel a quienes “texteen” al conducir, sólo generará mayor corrupción

Ante el incremento de accidentes automovilísticos por el uso de teléfonos móviles, es necesario implementar a nivel federal diversas herramientas que desinhiban este tipo de conductas, ya que castigar con prisión sólo traería más corrupción y no habría resultados tangibles que resuelvan esta problemática, coincidieron los diputados Alfredo Basurto, Vidal Llerenas y Juan Romero.

Al dar el posicionamiento del Grupo Parlamentario de Morena sobre las reformas a los Artículos 171 y 172 del Código Penal Federal, para penalizar con cárcel a quienes “texteen” cuando manejan un vehículo, el legislador Alfredo Basurto Román señaló que lo ideal y más viable es impulsar una cultura de prevención de los accidentes viales.

“Proponemos implementar a nivel federal el Consejo Nacional de la Prevención sobre Accidentes en Vehículos Automotores, ya que poniendo en práctica este tipo de organismos, así como establecer escuelas para enseñar lo delicado que es hablar por teléfono mientras se conduce, puede hacer la diferencia en un accidente”, puntualizó.

Antes, el diputado Vidal Llerenas Morales, presentó una moción suspensiva del citado dictamen de reformas, bajo el argumento de que el hecho de que una persona escriba y envíe mensajes de texto mientras conduce, ya está penalizado en diferentes formas administrativas.

“Por lo tanto, que se pueda configurar esta conducta –muy difícil de probar, además–, y que tuviera una pena de cárcel adicional, es el tipo de uso populista del Derecho Penal que no resuelve los problemas de la sociedad”, recalcó.

En ese sentido, consideró que la cárcel debe verse como el último recurso de sanción para quien comete un delito. “Se tiene que valuar el beneficio de que una persona esté en la cárcel y no sea un peligro para la sociedad versus el costo que implica, en todo tipo de cuestiones, que una persona esté ahí”.

Asimismo, el diputado Juan Romero Tenorio aseveró que con la pena de uno a tres años no se resolverá el problema de que las personas utilicen su celular cuando conduzcan y, por el contrario, se corre el riesgo de que se cometan actos de corrupción.

“”Es una conducta que debe inhibirse con cultura sobre viabilidad, con cultura cívica y no con prisión. Es una (sanción) tipo penal que va a ser inoperante en la práctica, pero sí va a dar pauta a la corrupción y al soborno ante el Ministerio Público o el agente de tránsito”, enfatizó.

El legislador capitalino sostuvo que a ello se sumará un problema de competencia para determinar si fue una vialidad primaria o secundaria en la que se cometió la falta.

En la discusión del dictamen en lo general, afirmó que éste presenta problemas de técnica legislativa y de fondo, como el hecho de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya estableció tesis sobre los alcances del Artículo 171, Fracción II, en el sentido de que se trata de una conducta que al tipificarse no define una sanción específica y ésta queda sujeta a un reglamento.

El Grupo Parlamentario de Morena presentó, en voz del diputado Juan Romero, reserva a los Artículos 171 y 172 del Código Penal Federal.