Suzuki podrá registrar la marca "Swift GTi" en la UE a pesar de Volkswagen

El Tribunal General de la Unión Europea afirmó hoy que Volkswagen no puede oponerse al registro de la marca comunitaria "Swift GTi" solicitada por Suzuki, al considerar que no hay riesgo de confusión entre esa marca y las anteriores "GTI" en poder del fabricante alemán.

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Suzuki podrá registrar la marca "Swift GTi" en la UE a pesar de Volkswagen

La corte, con sede en Luxemburgo, confirmó con su sentencia la resolución emitida por la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) de Alicante.

En 2003, el constructor automovilístico japonés Suzuki pidió a esta oficina registrar como marca comunitaria el signo denominativo "Swift GTi" para vehículos de motor y sus piezas y accesorios, en tanto que Volkswagen ya era titular de la marca denominativa alemana GTI y de la marca internacional GTI, para vehículos de motor y sus piezas, señaló el tribunal europeo en un comunicado.

Por ello, Volskwagen se opuso a la solicitud de Suzuki, alegando la existencia de un riesgo de confusión, aunque finalmente la OAMI lo desestimó.

La oficina comunitaria consideró que toda similitud de esas marcas a la vista de la combinación de las letras "gti", percibida "intuitivamente" como que hacen referencia a determinadas características técnicas de un vehículo o de su motor, "se contrarrestaría ampliamente e incluso totalmente por el nombre imaginativo del modelo 'Swift".

En su fallo de hoy, el tribunal confirma ese análisis y apunta que la OAMI no ha incurrido en un error al considerar que la combinación de letras "gti" se percibirá como una indicación descriptiva por profesionales del sector automovilístico, y que "sólo tiene un muy escaso carácter distintivo intrínseco para el gran público".

Recordó, además, que la OAMI tuvo en cuenta para su decisión el "uso extendido" de la sigla "GTI" por numerosos fabricantes de automóviles en toda Europa, como Rover, Nissan, Mitsubishi, Peugeot o Toyota, para indicar las características técnicas de determinados modelos, así como la existencia de otras marcas que incluyen esa sigla, como "Citroën GTI" o "Peugeot GTI".

Asimismo, indicó que la OAMI consideró "acertadamente" que la palabra "Swift", percibida como imaginativa y situada en la parte inicial de la marca solicitada, "constituye su elemento más distintivo".

Por todo ello, el Tribunal General declaró que la OAMI concluyó correctamente que toda similitud entre las marcas en conflicto en los aspectos gráfico, fonético y conceptual se contrarrestaba ampliamente e incluso totalmente por el nombre de modelo "Swift".