El Fiscal Federal, acreditó el delito previsto y sancionado en el artículo 9 fracción VII de la Ley General de Delitos Electorales, en su hipótesis relativa al funcionario partidista que se abstenga de rendir los informes de gastos de campaña de un candidato, una vez que hayan sido legalmente requeridos.
Por estos hechos, el hoy imputado, quien se desempeñaba como representante financiero encargado de la rendición de cuentas, vulneró la adecuada función electoral.