Publican dependencias federales lineamientos sobre uso de la fuerza

Las secretarías de Gobernación, de la Defensa Nacional, de Marina y la de Seguridad Pública, así como la Procuraduría General de la República (PGR) dieron a conocer hoy lineamientos para regular el uso legítimo de la fuerza en cumplimiento del ejercicio de sus funciones.

Los documentos publicados este lunes en el Diario Oficial de la Federación establecen que el objetivo es que esas dependencias reconozcan y acepten, en el ámbito de su competencia, la cadena de custodia, detención y puesta a disposición y uso legítimo de la fuerza.

El primer documento, emitido por la Secretaría de Gobernación (Segob), explica que esta dependencia coordinará a las demás, que designarán sus enlaces en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente a la suscripción del presente convenio.

De existir alguna duda en la interpretación del mismo, se resolverá de común acuerdo entre las partes, y cualquier modificación deberá ser por escrito.

En relación al uso legítimo de la fuerza, precisa que los objetivos son hacer cumplir la ley; evitar la violación de derechos humanos y garantizar el restablecimiento de la paz y el orden público, mantener la vigencia del Estado de derecho, salvaguardar el orden y la paz públicos.

Además, evitar la toma, el destrozo o incendio de la propiedad pública o privada y de instalaciones destinados a los servicios públicos, a fin de garantizar su funcionamiento y el libre tránsito de personas y bienes.

También disuadir mediante el racional despliegue de la fuerza a personas que participan de manera violenta en conflictos que comprometan la paz y el orden público.

De acuerdo con las dependencias, los lineamientos para el uso legítimo de la fuerza se basan en los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, racionalidad, y oportunidad.

El acuerdo emitido por la Segob tendrá una vigencia indefinida a partir de la fecha de su firma, mientras que lo establecido para el uso de la fuerza entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.