Solo uno de los 32 estados mexicanos sanciona la pederastia, advierte un estudio

La pederastia solo es sancionada en uno de los 32 estados de México, pese a que este año se aprobó una ley federal que establece castigos de hasta de 27 años de cárcel para este delito, indicó un estudio de la Cámara de Diputados.

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La pederastia solo es sancionada en uno de los 32 estados de México, pese a que este año se aprobó una ley federal que establece castigos de hasta de 27 años de cárcel para este delito.

El estudio, titulado "Los delitos sexuales contra menores de edad", fue elaborado por una comisión de la cámara baja y en él llevó a cabo un análisis comparativo sobre cómo son abordados los principales delitos contra menores en los códigos penales de todos los estados de México.

Entre los delitos sexuales contra menores el estudio enumera el abuso y acoso sexual, atentados al pudor, corrupción de menores, estupro, inseminación artificial, lenocinio, pederastia, prostitución infantil, pornografía, trata de personas, turismo sexual, ultraje a la moral y violación.

El estudio destaca que la legislación en materia de delitos contra menores es muy dispersa en las 32 entidades federativas mexicanas, "ya que incluso la denominación y descripción de los 14 delitos que integran los delitos sexuales contra los menores, no llegan a un criterio uniforme".

Agrega también que en México, al igual que en países donde las leyes son ambiguas y donde existe una gran pobreza extrema, "se dan las condiciones" para que proliferen los delitos sexuales contra los menores y sean aprovechados por la delincuencia organizada.

El análisis destaca que los diversos delitos son tipificados en normas federales, entre estas la Constitución, la Ley para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes y el código penal federal, algunos de los cuales son recogidos de manera parcial en los códigos estatales.

Destaca que el delito de pederastia, que consiste en el abuso sexual de menores, solo está sancionado en el código del estado de Veracruz.

En el código de este estado se fijan diversas sanciones de acuerdo con el grado de abuso e incluye penas que van desde seis hasta treinta años de prisión para quienes tengan sexo con un menor; en el caso de abuso sin llegar a la cópula, las sanciones van de cinco a diez años; y en el caso de "pederastia agravada", las sanciones van de 12 a 40 años de cárcel.

En abril pasado, el Senado mexicano aprobó una reforma al Código Penal Federal para castigar hasta con 27 años de cárcel a pederastas y a quienes los encubran.

Esta iniciativa plantea encarcelar de 9 a 18 años y multar con 1,000 hasta 3,000 días de salario mínimo a quien abusen de un menor de 18 años o lo obligue a ejercer la prostitución. Cuando se ejerza la violencia la condena será de hasta 27 años.

Según datos del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), se calcula que cerca de 100 menores son víctimas de pederastia en México.

Este estudio destaca que, por ejemplo, la prostitución solo es sentenciada en Baja California Sur, Guanajuato, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Tamaulipas y las condenas varían de entre 1 y hasta 8 años.

El turismo sexual es penado sólo en diez entidades y la sanción para aquellas personas que promuevan, faciliten o gestionen el turismo sexual no rebasa los 15 años de prisión.

El 19 de agosto pasado se publicaron reformas para que se investiguen los delitos de pornografía, turismo sexual, lenocinio y pederastia para hacerse valer en todo el territorio mexicano.