"Asesinatos selectivos" y el Derecho Internacional

El gobierno de Israel se atribuye el derecho a que su Ejército mate a los instigadores y responsables de atentados contra ciudadanos israelíes. Sin embargo, las disposiciones del Derecho Internacional humanitario son contrarias a este punto de vista.

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El Derecho Internacional prohíbe atacar militarmente de forma intencionada a civiles desarmados. El Cuarto Convenio de Ginebra, que data de 1949, prohíbe su "asesinato de cualquier forma".

Incluso un "combatiente" tan sólo puede ser agredido si se reconoce como tal, va armado y participa de forma "directa" en una acción hostil.

El Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (1966), que Israel también ha ratificado, prohíbe además toda ejecución sin proceso judicial. "El derecho a la vida es inherente a la persona humana", se afirma en el artículo 6 del documento. Además se contempla que la pena de muerte "sólo podrá imponerse en cumplimiento de la sentencia definitiva de un tribunal competente".

Israel considera sin embargo que se encuentra inmerso en un "conflicto armado" con los palestinos que amenaza su existencia y la de sus ciudadanos. Y cree que ello le permite devolver el golpe y matar a aquellos que quieren dañar a sus ciudadanos.

Aun cuando la amenaza no sea "inminente", Israel considera que está en su derecho.

Políticos y militares han explicado que consideran "bombas de relojería" a las personas que han puesto en el punto de mira de los "asesinatos selectivos", por considerar que están preparando atentados.

Incluso la Corte Suprema de Justicia de Israel permite los asesinatos selectivos bajo determinadas condiciones. (DPA)