La reforma a los artículos 3º y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 26 de febrero de 2013, ha generado un movimiento de inconformidad por parte de los trabajadores de la educación en diversos estados de la República. La Comisión Permanente debe ser sensible y receptiva ante estos cuestionamientos pero también debe fijar su posición, de manera clara y enfática. Compartimos el diagnóstico de que nuestro sistema educativo sufre inercias, rezagos e inequidades; reconocemos que frente a estas carencias son responsables muchos actores, instituciones y autoridades, no sólo los docentes y mucho menos la mayoría de éstos. Por eso consideramos que esta Asamblea debe ser enfática en señalar los propósitos y el potencial de esta reforma, señalaron los legisladores del PRD.
La reforma tiene como objetivo mejorar la calidad de la educación, para garantizar el máximo logro de aprendizaje de los educandos. Se reivindica la escuela pública y la rectoría del estado a través de acciones dirigidas a para elevar la calidad del proceso educativo. Estos propósitos no se contraponen a una educación pública y gratuita, a los derechos laborales de los trabajadores de la educación, ni a una evaluación del sistema educativo. Cuando la reforma establece la autonomía de gestión de las escuelas ante los órdenes de gobierno, busca que sean padres de familia, alumnos y directivos, a través de su participación, quienes decidan en qué invertir los recursos destinados a infraestructura y materiales educativos, así como resolver problemas de operación y propiciar la participación de la comunidad escolar bajo el liderazgo del director.
La reforma no establece cuotas obligatorias ni condiciona el pago de éstas a la inscripción del alumno, la entrega de documentos o el acceso a su plantel. Incluso, ambas Cámaras del Congreso de la Unión han legislado por separado para erradicar este condicionamiento. Los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación están reconocidos de manera expresa en el Decreto de reforma constitucional. Son derechos humanos y como tales, son imprescriptibles e inalienalienables. No pueden suspenderse ni conculcarse mediante disposiciones legales o administrativas.
No se puede estar en contra de un servicio profesional docente que determine el acceso y la promoción de los trabajadores de la educación a cargos de dirección y supervisión, que fije criterios de mérito y de calidad de su desempeño. La permanencia de los maestros en su puesto de trabajo ya está normada en diferentes disposiciones; el problema es que existen prácticas de corrupción, simulación o encubrimiento que lamentablemente privan en el sector magisterial. Los trabajadores que desempeñan sus funciones de manera regular y responsable no tienen por qué sentirse amenazados por una norma que les da certidumbre y que reconoce el empeño con que realizan sus labores. Y la legislación que el Congreso debe expedir tampoco tiene porque atentar contra estos derecho
Por esa razón, el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, coordinado por un instituto constitucionalmente autónomo, no debe tener carácter punitivo. Como la propia Constitución establece, la evaluación se regirá por principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. La evaluación educativa debe tomar en cuenta las necesidades locales, regionales, culturales que contextualizan el proceso educativo y no reducirse a mediciones estandarizadas ajenas a las particularidades en que se realice la labor educativa.
Los propios integrantes de la Junta de Gobierno del Instituto han establecido los principios que van a orientar su acción, partiendo del reconocimiento de la educación como un derecho fundamental; de que el propósito fundamental de la evaluación es mejorar procesos y resultados educacionales; de reconocer que aunque existen propósitos educativos comunes, los hay propios de los diferentes sectores poblacionales y de los diversos grupos culturales y lingüísticos, que deberán ser considerados en las acciones de evaluación y que las definiciones de los referentes de cada evaluación, se construyan con los actores involucrados. La evaluación no se puede reducir a medidas disciplinarias que pongan en riesgo la estabilidad laboral; debe usarse para dar mayor pertinencia y capacidades a la formación, actualización, capacitación y superación profesional docente.
Este proceso legislativo debe ser participativo, para esto, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados está realizando una amplia consulta nacional con autoridades educativas, especialistas, maestros, padres de familia, y todos los interesados en mejorar la calidad de la escuela pública y gratuita, así como en dar certidumbre y reconocimiento a la labor docente.
Proponemos que la legislación que se derive de la reforma constitucional observe de manera estricta el respeto a los derechos humanos laborales de los trabajadores de la educación, se apegue estrictamente al principio de la gratuidad de la educación pública; y prevea un sistema de evaluación educativa objetiva, integral, incluyente, participativa, sin fines punitivos y cuyo fin principal sea alcanzar el máximo logro educativo de los educandos. La reforma educativa debe fortalecer nuestras escuelas, darle dignidad a la labor docente, hacer realidad el derecho a la educación de calidad como un derecho fundamental y usar la evaluación para mejorar al sistema en su conjunto, concluyeron los diputados federales del PRD.